Saturday, October 28, 2023

Conclusión

En este blog analizamos las distintas características de las condiciones laborales, que marca la Ley Federal del Trabajo, en cuanto a los conceptos de salarios de trabajadores, jornadas, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y descanso, como se establecen, de acuerdo a que se establecen. Estas condiciones laborales se marcan con la finalidad de contar con un  trabajo digno, seguro, prácticamente que se tengan buenas condiciones y los trabajos no sean denigrantes para los trabajadores se busca que no haya  discriminantes de ningún tipo, sea un trabajo bien remunerado. Y es necesario conocer todos estos conceptos para poder comprender y realizar una buena interpretación sobre la Ley Federal del Trabajo.

Alma Lucia De Luna 

Descanso

 

 Descanso 


La Ley Federal del Trabajo establece criterios para que el trabajador disfrute de ciertos periodos de descanso sin mengua de su salario. Descanso legal es el periodo en el que el trabajador disfruta de su salario, sin necesidad de prestar el servicio. Es el periodo marcado por la Ley para que el trabajador reponga energías recibiendo su salario, o bien cumpla con ciertas obligaciones para con su familia, para con la colectividad o de orden religioso.

                                                         Tipos de Descanso 

Descanso semanal también conocido como descanso del séptimo día, cumple la intención del legislador de que por cada seis días laborados el trabajador disfrute de un día de descanso, por lo menos. Significa que a cambio del trabajo por seis días consecutivos, el trabajador tendrá derecho a dejar de concurrir a su trabajo durante el séptimo día, con disfrute de su salario. Pero también puede suceder que la empresa conceda al trabajador dos días de descanso a la semana en lugar de uno solo, y entonces el trabajador prestará sus servicios durante cinco días consecutivos y descansará los dos siguientes. Usualmente estos días pueden ser los días, sábados y domingos, dependiendo de cada empresa, algunos suelen ser dos días entre semana, o fines de semana.

Descansos obligatorios:  Los descansos obligatorios son fechas especiales señaladas por la Ley en que el trabajador está autorizado para dejar de concurrir a sus labores, con el fin de conmemorar acontecimientos religiosos, cívicos, o de solidaridad con la clase trabajadora.

Los días de descanso obligatorios contenidos en el Artículo 74 son:

·         1° de enero.

·         El primer lunes de febrero, por el 5 de febrero.

·         El tercer lunes de marzo, por el 21 de marzo.

·         1° de mayo.

·         16 de septiembre.

·         El tercer lunes de noviembre, por el 20 de noviembre.

·         1° de diciembre cada seis años, por el cambio de gobierno.

·         25 de diciembre.

Vacaciones: Las vacaciones son periodos más prolongados de días de descanso, a que se tiene derecho por cada año cumplido de servicios. El 1 de enero del año 2023, se hizo una reforma a la ley en vacaciones donde se postulo que al cumplir un año prestando servicios dentro de una empresa, tienes derecho a 12 dias de vacaciones y esta ira aumentando 2 dias cada año, hasta llegar a los 32 días

                                Cómo calcular su pago si se labora en días de descanso



Pago del descanso semanal: El pago del séptimo día íntegro corresponde sólo a los trabajadores que laboraron todos los días de la semana, pues si faltaron a su trabajo, se les pagará en forma proporcional agregando una sexta parte por cada día trabajado si se otorga un solo día de descanso, o dos quintas partes, en caso de que se concedan dos días a la semana. Si el trabajador, en lugar de descansar el domingo como séptimo día, trabaja normalmente en esa fecha y descansa en otro día de la semana, tendrá derecho a la llamada prima dominical, que dominical no se paga al trabajador que labora en domingo cuando corresponde a su descanso semanal pues, en ese caso, se le pagará salario doble por el tiempo trabajado.

Remuneración por los descansos obligatorios:  Los descansos obligatorios se pagan con el salario normal del trabajador, a pesar de que éste no desempeñó sus labores, pero si el trabajador es llamado a trabajar en esas fechas, además de su salario ordinario que ya quedó pagado, disfrutará de salario doble por el tiempo que trabaje.

Remuneración por vacaciones: Al salario de los días de vacaciones, que se cubre al trabajador durante todo el periodo de su disfrute, se le agregan, por disposición del artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo, el importe de un 25% por concepto de prima vacacional, con el propósito de que el trabajador cuente con un ingreso adicional a su salario del periodo vacacional.

Un ejemplo de como calcular el pago designado por un día de descanso es:

Ana, quien tiene el martes como su día designado para descanso. Por motivos de la temporada, la empresa en la que labora ha tenido mucha actividad y el patrón de Ana acuerda con ella la posibilidad de que trabaje en su día de descanso. Al día, Ana recibe $120 por su jornada. Si el día de descanso se paga como día trabajado y además por sus servicios prestados, Ana tendrá una remuneración del 200% de su salario; ella recibirá en total:

Semana completa laborada

$120 x 7 = $840

Día de descanso trabajado y remunerado

$120 x 2 = $240

Pago total de la semana

$840 + $240 = $1,080

Para esa semana, Ana estaría recibiendo un pago total de $1,080 ya con su salario semanal y la remuneración por día de descanso trabajado incluida.

Es importante recordar que este pago es exento para ISR en un 50%, siempre y cuando no sobrepase los 5 UMAs. 

 


                                                   Referencias Bibliográficas

Descanso Laboral (22/04/2022) Descanso Laboral [Blog] Recuperado 26/10/2023. Vease en: https://facturama.mx/blog/que-significa/descanso-laboral/

Nacional Financiera (S.f) Descansos legales. Recuperado 26/10/2023. Vease en: https://www.nafin.com/portalnf/files/secciones/capacitacion_asitencia/pdf/Fundamentos%20de%20negocio/Recursos%20Humanos/recursos_humanos1_3.pdf

Runa (S.f) ¿Cómo se pagan los días de descanso trabajados? Recuperado 26/10/2023. Vease en: https://runahr.com/mx/recursos/nomina/descanso-trabajado/ 


Elaboro: Alma Lucia De Luna Grande 

 

Introducción

A través de este blog exploraremos las condiciones de trabajo establecidas por la Ley Federal del Trabajo y que tiene como fin la garantía de seguridad y salud para los trabajadores, así como indicar las prestaciones que se generan por la relación de trabajo que se celebra entre el trabajador y el empleador.

Es remarcable el hecho de que en la Ley Federal del Trabajo siempre se buscará proteger a la parte más débil de las relaciones creadas en las relaciones de trabajo, es decir, al trabajador, y que esta Ley se ha visto reformada recientemente en busca de mejores condiciones para los trabajadores y bienestar social, como lo identificado en el tema de las vacaciones.

En el blog se podrá navegar a través de los siguiente tópicos para la consulta del lector:






Edson Hernández.

Salario, formas de fijarlo y su clasificación

 En la Ley Federal del Trabajo, en el Título Tercero "Condiciones de Trabajo", Capítulo V, contamos con las disposiciones generales referentes al Salario.

En el primer artículo de este capítulo, Artículo 82 LFT, se describe al salario como la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo. Y en el Artículo 83, describe que este salario puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra manera.

Artículo 84: El salario se integra por los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.

El salario nunca podrá ser menor a lo acorado en las disposiciones de la LFT. El salario será establecido considerando la cantidad y calidad del trabajo. En los salarios por unidad de obra, se debe cuidar que la remuneración por el trabajo realizado en 8 horas, dé por resultado el monto del salario mínimo por lo menos.

En el Artículo 86 se indica que a trabajo igual, desempeñado en puesto, jornada y condiciones de eficiencia también iguales, debe corresponder un salario igual.


Los plazos para el pago de los salarios no pueden ser mayores a una semana para personas que desempeñan trabajo material, y quince días para los demás trabajadores. El salario será tomado como base para el cálculo del monto de indemnizaciones.

El Capítulo VI "Salario mínimo", contiene del Artículo 90 al 97, definiendo en el 90 al salario mínimo como la cantidad mínima que debe recibir la persona trabajadora por los servicios prestados en su jornada de trabajo. Este salario mínimo debe bastar para satisfacer la necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, así como proveer educación a sus hijos. La fijación de estos salarios mínimos y su revisión, nunca podrá estar por debajo de la inflación.



Los salarios mínimos son fijados por una Comisión Nacional integrada por representantes de los trabajadores, de los patrones y del gobierno, así como de comisiones especiales de carácter consultivo. Esta Comisión Nacional determinará las áreas geográficas en las que regirá un mismo salario mínimo.

Finalmente, se indica que estos salarios mínimos no pueden ser sujetos a reducción, compensación o descuentos, a menos que se presente alguno de los siguientes casos:

  • Pensiones alimenticias.
  • Pago de rentas.
  • Pago de abonos de préstamos del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

En el Capítulo VII "Normas protectoras y privilegios del salario", que inicia con el Artículo 98, se indica que los trabajadores dispondrán libremente de sus salarios. Además, este salario es irrenunciable y se debe pagar directamente al trabajador, a menos que esté imposibilitado y se designe a otra persona.

Los pagos en efectivo deberán hacerse en la moneda de curso legal, o bien, con la aprobación del trabajador, a través de depósito en cuenta bancaria, transferencias, tarjeta de débito, etc. Los recibos de pago deben entregarse al trabajador, y además, el patrón deberá entregarlo impreso cuando el trabajador lo requiera.

Se especifica que los descuentos a los salrios a los trabajadores están prohibidas, salvo los siguientes casos:

  • Pago de deudas con el patrón, pagos excedidos del patrón al trabajador, errores, pérdidas, averías o adquisición de artículos producidos por la empresa.
  • Pago de renta que no exceda el 15% del salario.
  • Pago de abonos de préstamos provenientes del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
  • Pago de cuotas para la formación de sociedades cooperativas y cajas de ahorro.
  • Pago de pensiones alimenticias.
  • Pago de cuotas sindicales.
Finalmente, en el Artículo 115, se indica que los beneficiarios de un trabajador fallecido tienen derecho a percibir las prestaciones e indemnizaciones pendientes a cubrirse.



REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2022). Ley Federal del Trabajo. Secretaría General. Consultado el 28 de octubre 2023 de la URL https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf

Edson Hernández.
202235427.


Friday, October 27, 2023

Vacaciones


Dentro de las prestaciones que establece la Ley Federal del Trabajo, se encuentra estipulado el derecho a vacaciones.

"Artículo 76.- Las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios".



¿Qué son las vacaciones laborales?

Las vacaciones anuales son un período de tiempo libre remunerado otorgado por los empleadores a los empleados para que lo utilicen para lo que el empleado desee.

Artículo 81.- Las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. Los patrones entregarán anualmente a sus trabajadores una constancia que contenga su antigüedad y de acuerdo con ella el período de vacaciones que les corresponda y la fecha en que deberán disfrutarlo.

La forma, los términos y las condiciones para gozar de esta prestación los debe establecer la ley:

Primera disposición: en el caso de que el contrato de trabajo conste por escrito, deberá establecerse el periodo vacacional al que tiene derecho el trabajador.

Segunda disposición: es que el periodo vacacional se otorga con la percepción de un salario como si se laborara.

Forma de calcular

La reforma en México establece que desde el primer año de trabajo, el trabajador tendrá derecho a 12 días de vacaciones pagadas A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.

En esta tabla se ejemplifica cómo quedaron aprobadas las vacaciones en México a partir del 1 de enero de 2023.

Años de servicio/Días de vacaciones

Año 1: 12 días

Año 2: 14 días

Año 3: 16 días

Año 4: 18 días

Año 5: 20 días

De 6 a 10 años: 22 días

De 11 a 15 años: 24 días

De 16 a 20 años: 26 días

De 21 a 25 años: 28 días

De 25 a 30 años: 30 días

De 31 a 35 Años: 32 días

Es importante destacar que esta modificación no es retroactiva y que su efectividad dependerá de la fecha en la que los empleados cumplan un año o más de trabajo en una empresa. Además, se recomienda que los trabajadores tomen el período vacacional de forma continua en el período siguiente a cumplir un año de servicio, ya que los días que no se usen no se acumularán.



Referencias

Bouzas, J. A. y Reyes, G. (2017) Derecho individual del trabajo. IURE Editores. https://elibro.bibliotecabuap.elogim.com/es/ereader/bibliotecasbuap/40227

Jurídico, F. (2023, enero 25). Vacaciones Dignas 2023: ¿Cómo se va a aplicar la nueva reforma laboral? Foro Jurídico. https://forojuridico.mx/vacaciones-dignas-2023-como-se-va-a-aplicar-la-nueva-reforma-laboral/

Ley Federal del Trabajo. Última Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2022. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf

Senado de México (2003) Beneficios de la reforma de vacaciones dignas. [Video]. YouTube. https://youtu.be/rvxs5QAOAjo


Por: Gabriela Solar Arellano

Matricula: 202258232

Prima vacacional

¿Qué es la prima vacacional?

La prima vacacional es una retribucion económica que aportan los patrones a sus trabajadores para que cuenten con un ingreso extra para sus vacaciones, garantizado por la Ley Federal del Trabajo de carácter obligatorio que corresponde a los trabajadores como parte de sus prestaciones mínimas.

¿Cuál es la importancia de la prima vacacional?

En primer lugar, representa un derecho laboral del trabajador reconocido por la ley. Garantiza que los empleados reciban una compensación adicional durante su período de vacaciones, lo cual contribuye a su bienestar y satisfacción en el trabajo.

Además, la prima vacacional tiene un impacto económico significativo para los trabajadores, ya que les permite contar con un ingreso adicional que pueden destinar a cubrir gastos relacionados con su descanso, como viajes, actividades recreativas o simplemente para mejorar su calidad de vida durante ese periodo.

Forma de calcular

"Artículo 80.- Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones".

La prima vacacional se entrega luego de que la persona ha cumplido un año de servicio y los posteriores.

Es primordial definir estos elementos:

  • Salario diario. Es necesario conocer cuál es el sueldo diario. Este normalmente se encuentra desglosado en el recibo de nómina o se puede calcular dividiendo el salario mensual bruto del empleado por 30 días.
  • Antigüedad. El trabajador tiene que tener mínimo un año trabajando en la empresa para recibir su prima vacacional, considera que entre más tiempo tiene trabajando más días le corresponden de pago de vacaciones.
  • Vacaciones correspondientes. Son los días que le corresponden de pago de acuerdo al tiempo que ha trabajado como lo mencionábamos hace un momento.
  • Tasa de la prima vacacional. Que por ley es mínimo 25% .

Una vez teniendo estos conceptos esenciales, procederemos con la siguiente fórmula:

Multiplicar el salario diario x días de vacaciones = El resultado de esta operación, lo multiplicas x 0.25 que es la tasa de la prima vacacional.



Ejemplo:

María tiene un empleado que cumplió su año de antigüedad, por lo que le corresponde por ley 12 días vacacionales, su salario diario corresponde a $300 diarios.

Con esto:

Salario diario ($300) x los días de vacaciones que te corresponden (12) = 3600, este resultado lo multiplicamos por la tasa del 0.25% (que es el mínimo marcado por la ley) = $900 MXN que será el total que le corresponde.

*La prima vacacional es exenta de ISR.



Referencias

Bouzas, J. A. y Reyes, G. (2017) Derecho individual del trabajo. IURE Editores. https://elibro.bibliotecabuap.elogim.com/es/ereader/bibliotecasbuap/40227

Ley Federal del Trabajo. Última Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2022. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf

Patiño, D. (2023, junio 30). ¿Qué es la prima vacacional y cómo puedo saber cuánto me toca? Expansión. https://expansion.mx/finanzas-personales/2023/06/30/prima-vacacional-que-es


Por: Gabriela Solar Arellano 

Matricula: 202258232

El Aguinaldo


   

Concepto

El aguinaldo, es la retribución anual, a la que, por ley, los trabajadores tienen derecho. El Art. 87 de la Ley federal del Trabajo establece que deberá pagarse antes del veinte de diciembre y será equivalente a quince días de salario por lo menos. Aquellos trabajadores que no hayan cumplido el año de servicio, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.




 

¿Cómo se calcula?

Se calcula sobre el salario neto al momento de hacer el pago, ejemplificado de la siguiente manera:

André percibe un sueldo de $10’000 neto, lo dividimos entre 30 para obtener salario promedio diario= $333.33, esa cantidad la multiplicaremos por 15 días mínimos de acuerdo con la ley federal del trabajo, dando como resultado $4999.95, esa cantidad tendría que recibir André antes del 20 de diciembre por concepto de aguinaldo.

Ahora bien, en el supuesto de que André no tenga 1 año laborando para esa empresa, calcularemos el aguinaldo proporcional, digamos que André tiene 7 meses y 10 días trabajando.

Dividiremos el aguinaldo anual $4999.95 entre 365= $13.698, esa cantidad es el promedio diario de aguinaldo que recibe André, así que multiplicaremos esa cantidad por el tiempo que lleva laborando, que son 7x30=210+10=220.

220 días x 13.698=$3013.56 es lo que debería recibir André por concepto de aguinaldo antes del 20 de diciembre.

Referencias: 

  1. Ley Federal del Trabajo. Última Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2022https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf

Post escrito por Dara Gabriela Miranda Campero Zurita.

La Jornada Laboral


 

¿Qué es?

La Jornada es, según el Artículo 58 de la Ley Federal del Trabajo, “el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo, y se complementa con el 59 “El trabajador y el patrón fijarán la duración de la jornada de trabajo, sin que pueda exceder los máximos legales.”


¿Cómo se clasifica?

Se clasifica en jornada diurna, comprendida entre las seis y las veinte horas, jornada nocturna, comprendida entre las veinte y las seis horas, y jornada mixta, que comprende ambos periodos, siempre que el periodo nocturno sea menor a tres horas y media, pues si comprende tres y media o más, se reputará jornada nocturna.

¿Cómo se cuantifica?

Art 61. “La duración máxima de la jornada será: ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta.”

Art. 65, en los casos de siniestro o riesgo inminente que peligre la vida del trabajador, de sus compañeros o del patrón, o la existencia misma de la empresa, la jornada de trabajo podrá prolongarse por el tiempo estrictamente indispensable para evitar esos males. Art, 67 “Las horas de trabajo a que se refiere el art. 65, se retribuirán con una cantidad igual a la que corresponda a cada una de las horas de la jornada. Las horas de trabajo extraordinario se pagarán con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada.

Art. 66 “Podrá también prolongarse la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias sin exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana. Art. 68 “Los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios por un tiempo mayor del permitido de este capítulo. La prolongación del tiempo extraordinario que exceda de nueve horas a la semana, obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con un doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada, sin perjuicio de las sanciones establecidas en esta ley.

Para realizar el cálculo de horas extraordinarias es necesario conocer el tipo de jornada del trabajador su sueldo por hora y la cantidad y tipo de horas extras a pagar, ejemplificado de la siguiente manera:

Joshua trabaja en una jornada diurna, percibe sueldo de $18´000 mensuales y acumuló 12 horas extras en una semana.

Primero dividiremos el salario ($18000) entre 30 días=600 y el resultado entre las horas de la jornada, en este caso son 8: 600/8= 75.

Lo siguiente es clasificar el tipo de horas extras, el Art.66 nos dice que el tiempo extraordinario que exceda las nueve horas a la semana, se pagará con un doscientos por ciento más de salario que corresponda a las horas laboradas.

En este caso, las primeras 9 horas extras, se pagan al 100 por ciento extra, así que será 75 del sueldo pactado+75 marcado por ley x 9=1350 y las tres horas extras restantes se pagarán al 200%, resultando 75 del sueldo pactado, mas 150 marcado por ley x 3=675.

Por último, sumamos las cantidades de horas extras a pagar, 1350+675= A Joshua deberán pagarle por su tiempo extra semanal, $2025.

Referencias: 
  1. Ley Federal del Trabajo. Última Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2022https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf

Post escrito por Dara Gabriela Miranda Campero Zurita. 

Conclusión

En este blog analizamos las distintas características de las condiciones laborales, que marca la Ley Federal del Trabajo, en cuanto a los co...